Declaración Universal de los Derechos Humanos, Artículo 26.
La
educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad
humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a
las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la
tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos
étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades
de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Nuestro
sistema educativo, al poner el acento en la transmisión de
conocimientos, sirve, como meta final, a la inclusión de la persona
en el mercado laboral y, por tanto, a los intereses del mercado. Por
radical que parezca, en realidad la persona se convierte en un medio
y no en un fin en sí misma (sigue...)